Al Administrador Municipal le
corresponden las siguientes funciones:
a) Planificar y ejecutar las
tareas de dirección y coordinación permanente de todas las unidades
municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones
del Alcalde.
b) Adoptar las providencias
necesarias para el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica
de la políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se
relacionen con la gestión interna del Municipio.
c) Convocar y dirigir cada uno
de los Comités de Área Estratégica del Municipio: Área de Gestión
Interna, Área de Desarrollo Social, Área de Desarrollo Territorial y Área
de Desarrollo Productivo.
d) Cautelar la permanente
coordinación entre las Direcciones adscritas a las respectivas áreas
estratégicas y evaluar el cumplimiento de los programas y actividades
preestablecidas.
e) Ejercer las atribuciones que
le delegue el Alcalde y el Concejo, en conformidad con la Ley y las demás
funciones que se le encomienden, de acuerdo con el reglamento interno.
f) Realizar estudios y proponer
alternativas de reorganización de los servicios que prestan, así como
detectar necesidades e implementar acciones de optimización de los
procesos administrativos internos.
g) Convocar al Comité de
Emergencia cuando lo disponga el Alcalde o se requiera.
h) Apoyar con tecnología
computacional u otras las actividades de todos las Direcciones,
Departamentos y otras unidades de la Municipalidad, preocupándose del
desarrollo de programas como de la actualización de todo su equipo.
i) Colaborar con las unidades
correspondientes en la preparación y elaboración de los instrumentos de
gestión municipal y formulación de políticas de gestión interna.
j) Realizar labores de
articulación de equipos de trabajo y participar en la elaboración de los
Planes de Capacitación y Desarrollo del Personal.
k) Coordinar la creación y el
desarrollo de las actividades de los distintos comités municipales.
l) Analizar las instrucciones,
reglamentos, manuales de organización, procedimientos y descripción de
cargos, a fin de comprobar su utilidad y actualización, de acuerdo a la
normativa vigente. En caso de no contar con estos instrumentos,
deberá dirigir y supervisar su elaboración por las unidades respectivas.
m) Estudiar y velar por el
cumplimiento de la estructura de la organización, en cuanto al número de
unidades que la componen, a sus encargados y a la distribución de
funciones, con especial énfasis en los límites de responsabilidad, en la
centralización de decisión y delegación, etc.
n) Asesorar la puesta en marcha
de cualquier nueva función que se establezca, así como de cualquier
cambio o modificación de la organización de la Municipalidad o de su
funcionamiento.
o) Coordinar las acciones para
el cumplimiento de las funciones de la estructura organizacional y los
futuros cambios y ajustes que ésta requiera.
p) Elaborar, proponer y
programar en coordinación con otras unidades municipales, los gastos de
inversión en la Municipalidad necesarios para la adecuada Gestión
Municipal y los gastos de operación.
q) Establecer y mantener una
estructura de comunicaciones y coordinación interna que vele por el buen
funcionamiento institucional.
r) Velar por el desarrollo
cultural y realizar actividades de difusión y promoción de los intereses
artísticos y culturales de la comuna.
s) Evaluar e implementar las
medidas que estime necesarias para resolver situaciones derivadas de catástrofes
de causa natural o no, que afecten a la población de la comuna y para
prevenir o disminuir su impacto en el futuro.
t) Orientar el quehacer de la
Dirección en función del Plan de Desarrollo Comunal, la Misión
Municipal y la Planificación Estratégica.
u) Propiciar un adecuado clima
laboral.
v) Cumplir otras funciones que
el Alcalde le encomiende, de conformidad con la legislación vigente. |